Micelio
Auto22 de abril de 2015

A- de 2015

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Isidro Bedoya Franco Vs Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
  • Normas que determinan la competencia
Corte Constitucional
  • Competencia para dirimir conflictos de competencia
  • Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro y el Juzgado Promiscuo Municipal de San Vicente de Ferrer (Antioquia), respecto al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Se recuerda el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y se analiza el caso en concreto.

Se decide el conflicto ordenando enviar el expediente al Juzgado Segundo Civil de Rionegro, para que tramite y profiera la decisión de fondo de primera instancia respecto del amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 28 de enero de 2015, adoptado por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Rionegro, mediante el cual se abstuvo de avocar el conocimiento de la accion de tutela presentada por el senor Isidro Bedoya Franco contra la Unidad para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas (UARIV).
  3. Segundo. DECIDIR el conflicto de competencia suscitado ordenando la remision del expediente ICC-2128 al Juzgado
  4. Segundo. Civil del Circuito de Rionegro, para que tramite y profiera la decision de fondo de primera instancia respecto del amparo solicitado.
  5. Tercero. Por la
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.